El Museo d’Arte de Girona, adscrito a la Agencia Catalana del Patrimonio, se ha comprometido a hacer accesible su sitio web, de conformidad con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público (en adelante, Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre).

La presente declaración de accesibilidad se aplica a www.museuart.cat

 

Situación de cumplimiento

  1. Este sitio web es parcialmente conforme con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre debido a las excepciones y a la falta de conformidad de los aspectos que se indican a continuación.

 

Contenido no accesible

El contenido que se recoge a continuación no es accesible por los siguientes motivos:

  1. Falta de conformidad con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre:

Hay algunos errores menores relacionados con la generación de contenido desde hojas de estilo CSS, que en realidad se deberían generar desde el HTML. Del mismo modo, hay algunas normas de las hojas de estilo que utilizan propiedades avanzadas de CSS3 que en algunos casos usan código específico -y por tanto no es- para funcionar en todos los navegadores.

Por otra parte, hay contenidos antiguos que pueden no cumplir ciertos aspectos de esta declaración porque no se hayan definido textos alternativos o títulos en imágenes, enlaces y otros elementos visuales o elementos de texto que no cumplan estrictamente los objetivos de esta declaración para que tengan una jerarquía de títulos desordenada o utilicen saltos de línea en vez de párrafos y / o listas desordenadas para ordenar la información.

  1. Carga desproporcionada: no aplica.
  2. El contenido no entra dentro del ámbito de la legislación aplicable: podrían existir archivos ofimáticos en PDF u otros formatos publicados antes del 20 de septiembre de 2018 que no cumplan íntegramente todos los requisitos de accesibilidad.

 

Preparación de la presente declaración de accesibilidad

La presente declaración fue preparada el 15 de septiembre de 2020

El método empleado para preparar la declaración ha sido una evaluación interna llevada a cabo con la colaboración de la empresa aeiou, que gestiona el mantenimiento de la web.

Última revisión de la declaración: 13 de octubre de 2020

 

Observaciones y datos de contacto

Comunicaciones

Se pueden realizar comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad (artículo 10.2.a del Real Decreto 112/2018, de 7 de septiembre) a través del siguiente buzón de contacto.

Por ejemplo:

  • Informar sobre cualquier posible incumplimiento por parte de este sitio web.
  • Transmitir otras dificultades de acceso al contenido.
  • Formular cualquier otra consulta o sugerencia de mejora relativa a la accesibilidad del sitio web.

Las comunicaciones serán recibidas y trasladadas por la Dirección General de Atención Ciudadana, del Departamento de la Vicepresidencia, Economía y Hacienda, como Unidad Responsable de Accesibilidad en el ámbito autonómico.

 

Solicitudes de información accesible y quejas

Para hacer solicitudes de información accesible y quejas (artículo 12 del Real Decreto 1112/2017, de 7 de septiembre) hay que acceder al “Contenidos accesibles en la web” y seguir la modalidad “Solicitar información accesible o hacer una queja”.

Cualquier persona física o jurídica puede formular quejas relativas al cumplimiento de los requisitos del Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, y solicitar información relativa a contenidos que estén excluidos del ámbito de aplicación de esta normativa.

Las solicitudes y quejas que se registran conforme a los requisitos establecidos por la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Procedimiento de aplicación

El procedimiento de aplicación recogido en el artículo 13 del Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, se puede iniciar en el trámite “Contenidos accesibles en la web” a través de la modalidad “Reclamar una solicitud”.

Si una vez realizada una solicitud de información accesible o queja ésta ha sido desestimada, no estás de acuerdo con la decisión adoptada o la respuesta no cumple con los requisitos del artículo 15.2 del Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, puedes iniciar una reclamación para:

  • Conocer y oponerte a los motivos de la desestimación.
  • Instar a la adopción de las medidas oportunas en caso de no estar de acuerdo con la decisión adoptada.
  • Exponer las razones por las cuales consideras que la respuesta no cumple con los requisitos exigidos.

También se puede iniciar una reclamación en caso que hayan transcurrido 20 días hábiles sin haber obtenido ninguna respuesta.

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